BACHILLERATO
El Bachillerato está actualmente regulado por el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas y en el que se establece los objetivos los objetivos, fines y principios generales y pedagógicos del conjuto de la etapa. En la Comunidad de Madrid se ha promulgado el Decreto 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen la ordenación y currículo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO). La concreción en términos competenciales de estos fines y principios establece las competencias clave y el grado de desarrollo de las mismas previsto al finalizar la etapa. Asimismo, el referido real decreto fija, para cada una de las materias, las competencias específicas previstas para la etapa, así como los criterios de evaluación y saberes básicos.
Podrán acceder a los estudios de Bachillerato quienes estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de cualquiera de los títulos de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional o de Artes Plásticas y Diseño o Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior, así como de aquellos títulos declarados equivalentes a efectos académicos.
Los alumnos podrán permanecer cursando Bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años, consecutivos o no.
PLANES DE ESTUDIO
Actualizados para el curso 2023-2024
El calendario de implantación de la LOMLOE establece su estrada en vigor progresiva.
El curso 2022-2023 se ha implantado el nuevo curriculum en 1º de Bachillerato, mientras que en 2º de Bachilletato se implantará el próximo curso 2023-2024.
Puede consultar cada Plan de Estudios pinchando en cada curso.
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