Su uso se rige por la normativa al efecto Orden 3793/2005, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se regula el servicio de transporte escolar en los centros docentes públicos de la Consejería de Educación.
El Instituto supervisa el servicio de transporte escolar.
El instituto dota a todos nuestros alumnos de un carnet de estudiante donde figuran sus datos personales y la ruta que realizan diariamente. Cuando se le entregue el carnet escolar al alumno deberá llevarlo siempre consigo para acceder al servicio de ruta. De no llevarlo el conductor de ruta puede impedirle el acceso al bus.
El carnet escolar con el distintivo de ruta escolar que se le entrega al alumno en los primeros días del curso escolar es gratuito.
Si se le extravía, pierde, o tiene que renovarlo por no haber solicitado a tiempo el servicio escolar tendrá un coste de renovación para pagar a la empresa que lo realiza. Para solicitar un nuevo carnet escolar con distintivo de ruta debe ponerse en contacto con el profesor coordinador de la ruta escolar, Eugenio Jiménez, profesor de matemáticas o indicarlo en Secretaría, y en un periodo breve de tiempo se le dará un nuevo.
Nuestro centro cuenta con 2 rutas de Transporte Escolar gratuito subvencionadas por la Comunidad de Madrid que cubren los municipios de Guadarrama y Los Molinos.
A continuación se indican la situación de las paradas de las rutas, así como su horario aproximado de salida (por motivos de densidad de tráfico a primeras horas del día se recomienda estar en la parada con suficiente tiempo de antelación).
RUTA 1 y RUTA 2 Guadarrama y Los Molinos
Hora de paso aproximada por la primera parada de la ruta 1: 07:15.
Hora de paso aproximada por la primera parada de la ruta 2: 07:35.
Normativa: Orden 3793/2005, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se regula el servicio de transporte escolar en los centros docentes públicos de la Consejería de Educación.
Artículos más significativos de la norma en cuanto a requisitos para solicitar plaza de ruta escolar:
Artículo 2. Ámbito personal
Serán beneficiarios del servicio de transporte escolar:
Artículo 3. Limitaciones a la contratación del transporte escolar.
Artículo 20. Excepciones.